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LOS JUICIOS: UNA VENTANA AL ALMA

LOS JUICIOS


Los juicios son un tipo de declaración de una extraordinaria importancia en nuestra vida. Podemos definirlos como una apreciación, una opinión o una interpretación sobre nuestra realidad, y su poder radica en que determina lo que es posible y lo que no es posible para nosotros.


Los juicios son actos enteramente lingüísticos y, dada la fuerza declarativa que poseen y las interpretaciones que proveen, modifican la realidad de los sujetos y objetos afectados por nuestro juicio.


Como interpretación, el juicio vive en el que lo emite, no es una propiedad del objeto o persona que juzgamos. Por eso decimos que al juzgar revelamos el tipo de Observador que somos.


Los seres humanos constantemente juzgamos. De hecho lo juzgamos todo; el deporte, el clima, el gobierno, la comida, la forma de vestir, el estado de ánimo de otra persona, la manera como se ríe o su tono de voz… ¡Todo! No hay nada que quede por fuera del ámbito de los juicios.


A diferencia de las afirmaciones, que usamos para describir la manera en que observamos las cosas (lo que es real para nosotros), al emitir un juicio, generamos una nueva realidad que afecta la identidad de lo juzgado, abriendo o cerrando un ámbito de relaciones y acciones posibles entre nosotros y lo que hemos juzgado. Esto es válido para situaciones, objetos y especialmente en la relación con otras personas o con nosotros mismos. Es así como los juicios que otros hacen sobre nosotros, al igual que los que hacemos sobre otras personas o sobre nosotros mismos, influyen en nuestra identidad pública y privada, estén o no fundados.



Ahora, los juicios no son inocentes, y acá entramos en un territorio que está directamente conectado con el sufrimiento humano.


¿Qué hacemos cuando juzgamos a una persona? Cuando digo que “Juanita es brillante”, “Pedro es torpe” o “Guillermo es flojo”. ¿Para qué hago esos juicios? ¿Para qué juzgo? Por una razón: cuando yo juzgo a una persona, estoy haciendo una predicción de su conducta y apunto a tener cierto poder en la manera como me relaciono con ella.


Si juzgo que Marcelo no es una persona confiable en sus compromisos, ese juicio determinará que no haré ninguna transacción con él, o, si estoy obligado, dejaré constancia de todo lo acordado por escrito. Si tuviera el juicio contrario de él, me bastaría con su palabra para establecer un trato. En los juicios, hay una cierta predicción para saber cómo debo actuar en consistencia con eso. Eso es parte central de los juicios.


Ahora, así como juzgamos a los demás, nos juzgamos a nosotros mismos. Es en los juicios personales donde se ve el enorme poder de un juicio y el impacto profundo que tiene en todo lo que hacemos.


¿Cuántas veces ustedes han dicho o han escuchado a otros decir “Yo soy así”? Cuando juzgo a Marcelo o cuando me juzgo a mí, no digo ‘Yo estoy juzgando a Marcelo’ o ‘Me estoy juzgando’, lo que digo es ‘Él es así’ o ‘Yo soy así’. En otras palabras, al juzgar a Marcelo no lo hago creyendo que lo juzgo sino que lo hago creyendo que estoy diciendo una verdad acerca de él. Lo mismo pasa cuando me juzgo, y ahí los juicios me pueden empezar a traicionar, porque al momento de vivirme los juicios sobre mí como si fueran verdades, se transforman en una resignación que se esconde detrás de lo que llamamos ‘realismo’: “Yo soy como soy, y eso es eterno. Así soy”.


Un niño que escucha a la mamá o a su profesor decirle “eres un tonto” o “eres brillante”, no lo escucha como juicio sino como una verdad. Si a un chico le dicen que tiene un gran potencial y lo escucha como una verdad, está condenado siempre a estar cumpliendo con esa expectativa.


Hemos visto mucho sufrimiento en personas que de niños les decían lo brillantes que eran. Cuando sacaban una mala nota en el colegio, entraban en crisis porque no estaban cumpliendo con las expectativas creadas en torno de ellos.


Por eso algo capital de entender es que cuando me estoy juzgando a mí mismo, se trata de un juicio, no estoy haciendo afirmaciones.


Cuando los seres humanos en el acaecer de la vida confundimos y nos juzgamos creyendo que estamos haciendo afirmaciones sobre nosotros, generamos espacios en que no tenemos movimiento, en que se cierra la posibilidad de aprender. Es una de las negaciones más brutales a la posibilidad de aprender. Un juicio hecho como afirmación es una condena. Cuando los juicios los vivimos como juicios, hay una liberación. En cambio los juicios vividos como afirmaciones suelen producir dolor y resignación.


Responsabilidad al enjuiciar


Un juicio puede ser válido o inválido, según la autoridad y competencia que tenga para emitirlo. El compromiso social que asumimos al juzgar es que nuestro juicio es válido, es decir que tenemos la autoridad y la competencia para emitirlo, a diferencia de las afirmaciones que son verdaderas o falsas y el poder está en las evidencias que proveemos.


Otro compromiso que asumimos es que los juicios que emitimos estén fundados.


Veamos estas dos responsabilidades:


Ø Primera responsabilidad social de los juicios: Tener autoridad.


Decimos que la primera responsabilidad social al emitir un juicio es tener la autoridad para hacerlo. Por el hecho de

existir, de ser seres lingüísticos e interpretar en el lenguaje, tenemos la capacidad de emitir juicios. Es una cualidad intrínsecamente humana.


En lo cotidiano, emitimos juicios, asumiendo esa autoridad para darle sentido a nuestras acciones. Nos orientan, son nuestra brújula. Por ejemplo: “hace frío”, y busco algo para abrigarme. Jorge es “divertido”, y espero reírme con la presencia de Jorge. “Estamos en crisis”, le digo a mi pareja para que nos hagamos cargo de esa situación. Todos estos juicios están enmarcados en mi ámbito personal, y en ese sentido tengo la autoridad para emitir dichos juicios.


Distinto es que emita el mismo juicio respecto de la economía del país, por ejemplo. No es lo mismo que lo diga yo —es solo mi opinión, que no estudié economía— a que lo diga el presidente del Banco Central. Su juicio sobre la economía del país se verá reflejado en el mercado o en la Bolsa de Valores. En este caso, mi juicio no está revestido de la autoridad para que sea considerado relevante.


¿A quién o quiénes damos autoridad? Como sociedad, le damos autoridad para emitir ciertos juicios a entidades o personas a quienes colectivamente les otorgamos ese poder. Por ejemplo, jueces, árbitros, guías espirituales, líderes sociales o políticos, entre otros. Y en forma individual, le daremos autoridad a quienes queremos, a quienes juzgamos que saben o en quienes confiamos en algún dominio en particular. Podemos decir que es una responsabilidad personal saber a quién o quiénes le estamos dando autoridad para emitir sus juicios sobre nosotros.


Los niños, por el hecho de serlo, les dan autoridad a sus padres frente a los juicios que estos hacen de ellos, lo cual es más delicado aún. Tal como señalamos más arriba, las “etiquetas” que les pongamos a nuestros hijos, van a influir en su identidad y sabemos lo difícil que puede ser modificar esto. Hay una responsabilidad para padres y maestros de entender que estos juicios no son escuchados como tales, sino como afirmaciones.


Puede pasar que le demos autoridad a los juicios de todas las personas que nos rodean y estemos más pendientes de esos juicios que de los propios. Puede pasar que dudemos de nosotros mismos y estemos pendientes de esos juicios ajenos en nuestro afán por darle en el gusto a todos. Un juicio que posiblemente ustedes reconocerán es el de “ser buena persona”. Y en ese afán de tratar de adivinar cómo puedo ser “una buena persona” para los otros, a lo mejor pospongo mis intereses para satisfacer las necesidades de otros, o no pongo límites o nunca digo ‘No’, lo cual conlleva un gran sufrimiento y una forma de vivir auténtica. Una característica de las personas que son definidas como ‘auténticas’ es que viven según sus propios juicios.


Dado que los juicios son declaraciones, generan mundos. Por eso es tan importante cuidar los juicios que hacemos de otros, pues tienen repercusiones tanto en lo personal como en lo colectivo. Cuando hablamos de los juicios a veces decimos “No hay que juzgar”, pero eso es imposible. Juicios vamos a hacer siempre. Sin embargo podemos ser conscientes de nuestros juicios: hay un gran virtuosismo en el poder limitar nuestro deseo de juzgar a lo que es relevante a nuestra vida y no andar juzgándolo todo.


Los juicios son un componente importante de la identidad de las personas, organizaciones, comunidades o países. Con nuestros juicios afectamos a tales entidades. A su vez, todo juicio es emitido por alguien y habla también de ese alguien que lo emite. De ahí la importancia de fundarlos.


Ø Segunda responsabilidad social de los juicios: Fundarlos


Fundar un juicio significa esto: saber para qué juzgo, en qué dominio, bajo qué estándar, qué afirmaciones hago y ver si puedo fundar el juicio contrario.


Cuando juzgamos lo hacemos en el presente, con base en acciones que sucedieron en el pasado y en las cuales nos apoyamos para proyectar lo que podemos esperar en el futuro. Suponemos que el pasado puede ser utilizado para actuar mejor en nuestra decisión sobre lo que está por venir. Si, por ejemplo, quiero contratar a un asistente, evalúo su responsabilidad. Hago preguntas del pasado: “¿Cuántos trabajos ha tenido?” “¿Cuánto tiempo ha estado en cada trabajo?” Pido cartas de recomendación o hablo a personas que han trabajado con él. Juzgo que tengo suficientes fundamentos para decir “es responsable”, lo contrato, y espero que se comporte “responsablemente”, en el trabajo.


Por el contrario, si emito un juicio con base en otros juicios, sin preocuparme de tener suficientes pruebas, afecto tanto mi identidad personal como la del otro, generando sufrimiento, además de desprestigio. Si, por ejemplo, digo que “Samuel es un tramposo”, y alguien me pregunta con qué base hago ese juicio, y le digo que “tiene cara de esconder algo” o “escuché que alguien lo decía”, mi interlocutor podrá, válidamente, pensar que no estoy juzgando de una manera responsable.


Por lo tanto, el fundamento de los juicios tiene que ver con la forma en que el pasado es traído al presente para esperar ciertas acciones en el futuro. Se trata de formular juicios que nos apoyen efectivamente en el futuro.


Dado lo dicho antes, la conexión entre pasado, presente y futuro es lo que llamamos la estructura de la temporalidad de los juicios. Es importante entender que no necesariamente mi comportamiento en el pasado va a predecir el cómo lo voy a hacer a futuro. Si no, ¡no existiría la posibilidad de aprender!


Existen al menos 5 condiciones básicas para fundar un juicio.


  • Mi inquietud (¿Para qué juzgo?) “La acción que proyectamos hacia el futuro cuando emitimos el juicio”.


Siempre emitimos un juicio “por o para algo”. Visualizamos un futuro en el cual nuestro juicio abrirá o cerrará posibilidades.


Por ejemplo: Si decimos que Juana es “responsable”, es para destacar que Juana se comportará “responsablemente” en el futuro. Puede que lo hagamos para quedar bien con

Juana, para promoverla, para contratarla o para empoderarla. Cualquiera de estas situaciones implica un futuro posible y diferente. Puede abrir o cerrar posibilidades en el futuro, incluso si se trata del juicio de “responsabilidad”. Juana, al escuchar ese juicio sobre ella, podría sentir que no puede cometer errores y entrar en una espiral de auto exigencia que le cierra posibilidades.


  • Estándares de conducta para mi juicio (¿A cuáles estándares de conducta se refiere?) “Los estándares sostenidos en relación a la acción futura proyectada”.

Suponemos que el juicio emitido se coteja con un conjunto de estándares de comportamiento para juzgar el desempeño de los individuos, que nos permiten evaluar la efectividad de sus acciones.


Siguiendo con Juana, es importante ver cuál es el estándar que tengo de responsabilidad. Por ejemplo: que nunca falte a las reuniones de directorio o que entregue los reportes solicitados en la fecha acordada.


Fíjense en esto. El estándar de una compañía es que un empleado es puntual cuando llega a trabajar a la hora en un 90% de las veces. Para otra compañía ese estándar está fijado en un 80%. Quiere decir que un empleado que llegue a tiempo en el 85% de las veces, será una persona puntual para la segunda compañía, pero no para la primera.


Los estándares provienen de tradiciones particulares que nos dicen qué esperar y por lo tanto de expectativas sociales. Estos estándares cambian con el tiempo y la mayoría son sociales, o sea pertenecen a la comunidad y obedecen a circunstancias históricas concretas.


Lo que se consideraba comida sana hace 20 años no es lo mismo que se considera sano hoy en día; los estándares de belleza han cambiado; antes una persona era juzgada “preparada” para un trabajo si se había graduado de la Universidad, y hoy en día para ello requiere haber hecho dos maestrías y un doctorado, por ejemplo.


Lo que hacen los líderes es traer nuevos estándares que antes no estaban disponibles para la comunidad. Es el caso del presidente de un país que ha vivido por décadas con un índice de pobreza superior al 10%, por ejemplo, y señala que a partir de ahora eso se considera inaceptable y trabajará para reducirlo.


  • Especificar el dominio de acción (¿En qué ámbito juzgo?) “El dominio de observación dentro del cual se emite el juicio”.


Emitimos juicios dentro de un dominio particular. En el caso de Juana, el dominio al que nos hemos estado refiriendo es su trabajo. El juicio que se hace de ella en el trabajo de que es una “persona responsable” no significa que también lo sea en el cuidado de su hijo, de sus relaciones o con la forma como se cuida ella misma, por ejemplo.

Muchas veces generalizamos al emitir un juicio. Al decir “los hombres no son confiables”, podríamos referirnos exclusivamente al ámbito de la pareja, lo cual no quiere decir que ese juicio pueda ser extendido a otros dominios.


El juicio debe evaluarse confinado al dominio particular en el cual fue emitido.


Cuando una persona entra a trabajar y a los seis meses aparece una evaluación de la empresa y no se le dice en qué dominio ni con qué estándares va a ser evaluada, se puede transformar en una injusticia. Si se le dice en qué dominio y bajo qué estándares será juzgada, es una situación diferente.


  • Ver las afirmaciones que respaldan o refutan el juicio. “Qué afirmaciones existen respecto de los estándares sostenidos”.


Para poder generar un juicio con fundamento, debemos disponer de afirmaciones que nos permiten medir respecto de algún estándar en algún dominio particular de observación.


Si no somos capaces de proporcionar afirmaciones, no somos capaces de fundar juicios. La afirmación genera confianza en el juicio y en quien los emite. Por el contrario, cuando este no se basa en afirmaciones, desconfiamos de la persona o la entidad que realiza el juicio. Cuando un líder provee suficiente fundamento a sus juicios, genera confianza.


Volvamos a Juana: Miramos el registro de entrada diaria a la oficina, y de esa manera constatamos su puntualidad. Vemos, incluso, en el registro que ella se queda en general media hora más del horario pactado, y eso nos genera el juicio de que es una persona dedicada a su trabajo.


Cuando decimos de Mercedes que es una “escritora exitosa”, vemos que ha escrito 3 libros en los últimos cinco años, siempre con la misma editorial, y que cada uno de ellos ha vendido más de 100.000 copias.


Sobre esas afirmaciones, fundamos el juicio que podamos hacernos de Mercedes.


Cuando fundamos juicios de comportamiento, apuntar a una sola instancia y depender de una sola afirmación para juzgar podría ser insuficiente. Por esto muchas veces se requiere verificar el juicio contrario.


  • Verificar el juicio contrario. “Qué afirmaciones fundan el juicio contrario”


Puede ocurrir que generemos una cantidad de afirmaciones para fundar un juicio y nos encontremos con un mayor número de afirmaciones (o que juzguemos más relevantes) al intentar fundar el juicio contrario.


Podemos juzgar a Iván como un “gran ejecutivo”, dando como afirmación que es el director de una empresa que tiene una alta facturación. Y al revisar sus acciones nos damos cuenta de que dos compañías que él dirigió quebraron, que más de 500 contratara.


En este último caso, podríamos decir que el juicio “Iván es un gran ejecutivo” no está fundado.


Si yo digo de mí mismo que “soy tímido”, al intentar fundar el juicio contrario, me doy cuenta que esto solo me pasa con personas a quienes le doy autoridad, y no con amigos. En ese caso, al precisar el dominio, acoto el espacio en el cual aplico ese juicio sobre mí mismo.


Retomando un ejemplo anterior, si una mujer dice “los hombres no son confiables”, dando como afirmación una experiencia dolorosa en que se sintió traicionada, puede ser que al buscar afirmaciones para fundar el juicio contrario, se dé cuenta que hay más afirmaciones de confianza hacia los hombres que de desconfianza. Puede ocurrir que el evento que la llevó a ese juicio particular haya sido muy importante en su vida, y al generalizar, se le han cerrado posibilidades en su aproximación al mundo masculino.


A menudo fundamos los juicios con otros juicios, no vemos las acciones que los sostienen, solo vemos los juicios que hacemos de ellos. En este caso es muy difícil poder cambiar el juicio o aprender de él, dado que no vemos acciones posibles a modificar. No podemos fundar un juicio basándonos en otros juicios.


Fundar un juicio significa que le voy a dar un parámetro que permite un mundo interpretativo que tiene ciertas fronteras. Por muy bien fundado que está un juicio nunca se convierte en un afirmación. Esto es central. Los juicios que se fundan, se fundan porque hay afirmaciones consistentes con ese juicio, pero el juicio sigue siendo un juicio, emitido por un Observador particular.

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